Ayudas dirigidas a personas trabajadoras autónomas y pymes, para el Fomento del Trabajo a distancia, como modalidad de organización laboral, con motivo de la crisis sanitaria del COVID-19.

El pasado 6 de octubre del 2020 se publicó en el Diario Oficial de Castilla la Mancha, la convocatoria de concesión de subvenciones de la Conserjería de Empleo y Economía, para el Fomento del Trabajo a distancia, como modalidad de organización laboral, con motivo de la crisis sanitaria del COVID-19.

Se comenta a continuación, las principales características de esta ayuda.

Objeto.-

• Transformación de puestos de trabajo presenciales, en puestos de trabajo a distancia.

• Realización de nuevas contrataciones, cuya prestación laboral se realice a distancia.

Tanto la transformación, como la contratación deben de haberse realizado en el periodo comprendido entre el 14 de marzo y el 6 de noviembre de 2020.

Destinatarios:

• Personas trabajadoras autónomas que cuenten al menos con un asalariado a su cargo y que realicen de forma habitual, personal y directa una actividad económica en Castilla la Mancha. • Pymes, que ocupen menos de 50 personas y cuyo volumen de negocios anual o balance general anual, no supere los 10 millones de euros.

• Comunidad de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica, que, aun careciendo de personalidad jurídica, ejerzan una actividad económica.

Sectores excluidos.-

• Sector de la pesca y la acuicultura,

• Empresas dedicadas a la producción primaria de productos agrícolas.

• Empresas que operen en la transformación y comercialización de los productos agrícolas.

• Actividades relacionadas con la exportación a terceros países.

Ayudas por beneficiario:

700 € por cada transformación de puestos de trabajo presenciales en puestos de trabajo a distancia.

3.000 € por la realización de contratación nueva de un puesto de trabajo.

Estas ayudas se incrementarán en un 20%, cuando la actividad subvencionada se realice en alguno de los municipios incluidos en el Anexo al Decreto 52/2018, de 31 de julio o bien en el Anexo al Decreto 31/2017, de 25 de abril.

Solicitudes.-

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 6 de noviembre de 2020.

• Se presentará de forma telemática, con firma electrónica.

• Las ayudas se tramitarán y resolverán hasta el agotamiento de la financiación disponible.

Obligaciones:

Mantener en el puesto al trabajador correspondiente durante al menos doce meses efectivos, a contar desde la fecha de transformación del puesto de trabajo o la fecha de creación del nuevo puesto de trabajo.